Page 521 - Valdediós
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Miguel González Pereda







        y encierren su pan y su bino”. Por indicación del urbanista Pere Daor, enviado por
        el rey para diseñar la cerca y nueva puebla, que consideró menos adecuada la
        zona del río, la trasladó a poca distancia del vado de Buetes, pero irrumpiendo
        propiedades de San Pelayo y Valdedios.


        Valdediós, que había gozado de los derechos otorgados a la fundación del Coto,
        que eximía del pago de impuestos a los vasallos del monasterio, de numerosas
        exenciones y del favor del monarca, veía, de alguna manera disminuida su
        influencia por los privilegios concedidos por el rey a los habitantes de Maliayo.
        No  tanto  por  la  construcción  de  la  iglesia,  que  una  vez  edificada,  y  tras  su
        consagración y advocación a la Virgen María, pasaría al control de los prelados de
        la iglesia asturiana, igual que “todas las iglesias de quantas pueblas yo mandé facer
        en Asturias y de quantas mandare facer de aquí adelante”, como había ordenado
        el propio Alfonso X años antes. El primer problema que plantean la abadesa de
        San Pelayo y el abad de Valdediós, está, como ya se dijo, en el asentamiento de
        la pola, y se querellan ente el rey diciendo que el lugar donde se mandó hacer
        la puebla era de sus monasterios, terrenos que les rendían ocho moyos de pan
        terciado cada año, asunto que se solventa, tras las consiguientes pesquisas
        judiciales, por sentencia del rey en 1278, que ordena se les pague a los dichos
        monasterios, 30 maravedíes anuales por los rendimientos de cereal que habían
        dejado de percibir tras la expropiación de los terrenos.

        Otro problema suponía el tiempo que estuviera la parroquia sin templo, y que
        pudieran los feligreses eludir el pago de los diezmos, derechos de culto, servicio
        pastoral, etc., y por ello en 1277, el obispo don Frédolo, ordenaba a los moradores
        de la nueva villa que trabajaban las tierras que consideraba de la parroquia de
        Amandi, dieren el diezmo de cuanto labraren, cosecharen y ganaren a la iglesia
        de Santianes (San Juan de Amandi), “et fagades y obedençia et manifestedes y et
        comunguedes y oyades y missa e oras” bajo pena de excomunión. Y prohíbe a los
        curas de Fuentes, San Vicente de la Palma y Cazanes, que no pertenecen a la
        Mitra ovetense, que acogieran a los feligreses moradores de la nueva Pola. Es
        de suponer que estas medidas cesarían en el momento que estuvo construida y
        consagrada la nueva iglesia parroquial de Santa María. Treinta y un años después
        de la carta fundacional de la puebla, en 1301, el cura de Amandi y el obispo de
        Oviedo, siguen teniendo problemas por la evasión del diezmo por parte de los
        habitantes de la nueva población, y reclamando las medidas tomadas al respecto
        décadas atrás, lo que hace suponer que en ese tiempo aún no estaba construida
        la nueva iglesia.




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