Page 75 - CASO
P. 75

Sabemos, tras haber estudiado los protocolos notariales de Caso,
        que los Bueres no fueron conflictivos socialmente, porque no apa-
        recen en ningún juicio por injurias ni peleas. Al contrario, solían ser
        nombrados mediadores en aquellas causas en las que se necesi-
        taba  una  persona  de  confianza  e  imparcial:  albaceas,  curadores,
        empadronadores…


        Tampoco tuvieron necesidad de pleitear en la Reales Chancillerías
        para probar su hidalguía, porque ésta era pública y notoria.


        Fueron titulares de varias capellanías en distintos lugares del con-
        cejo y ostentaron distintos cargos municipales.

        Los Bueres poseedores del mayorazgo utilizaron la preposición “de”
        antes del apellido, como elemento necesario para determinar su
        identificación  como  hidalgos  de  solar  conocido. Al acabarse los
        mayorazgos tal identificación dejó de tener importancia y algunos












        Firma de Antonio de Bueres                   Firma de Juan Manuel de Bu-
        Bernardo en un documento                     yeres Blanco en un documen-
        de 1795(AHP).                                to de  1839 (AHPA).












        Firma de Agustín de Bueres                   Firma de Antonio de Bueres
        Blanco en un documento  de                   Capellín en un documento de
        1850 (AHPA).                                 1860 (AHPA).







                                                75
   70   71   72   73   74   75   76   77   78   79   80